
Proponen regulación estricta para la venta de alcohol en la República Dominicana: permisos, horarios y sanciones
Un nuevo proyecto legislativo busca establecer un marco más riguroso para el expendio de bebidas alcohólicas en todo el territorio nacional, incluyendo comercios populares como colmados, así como discotecas, bares, casinos y centros de diversión. La iniciativa, que se encuentra en fase de propuesta, ha generado amplio debate por el impacto que tendría en el comercio nocturno y la vida social del país.
Aplicación general de la ley
Según lo estipulado en el artículo tres del proyecto, la normativa sería aplicable a todos los establecimientos que expendan bebidas alcohólicas, sin importar si esta es su actividad principal o accesoria. Esto incluye desde pequeños colmados de barrio hasta grandes centros de entretenimiento, sin excepciones por su tamaño o clientela.
De ser aprobada, los negocios que deseen continuar comercializando bebidas alcohólicas estarán obligados a obtener un permiso especial emitido por el Ministerio de Interior y Policía. No obstante, el documento no especifica cuáles serían los requisitos exactos, limitándose a señalar que se establecerán «conforme al reglamento que dictará el Ministerio», el cual determinará exigencias diferenciadas según el tipo de negocio y su ubicación geográfica.
“Todo establecimiento que tenga como actividad comercial principal o accesoria el expendio de bebidas alcohólicas deberá obtener una autorización del Ministerio de Interior y Policía”, establece el proyecto de ley.
Restricción de horarios para venta de alcohol
Uno de los puntos más polémicos es el establecimiento de horarios obligatorios para la venta de bebidas alcohólicas. En su artículo cuatro, la propuesta establece que:
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De domingo a jueves, estará prohibido vender alcohol después de las 12:00 de la medianoche.
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Los viernes y sábados, la restricción comenzará a partir de las 3:00 de la madrugada.
Estas limitaciones aplicarían a menos que el establecimiento cuente con un permiso especial otorgado por el Ministerio.
Para los negocios ubicados en zonas turísticas, las reglas serían ligeramente más flexibles:
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De lunes a viernes, se permitirá la venta de alcohol hasta la 1:00 a.m.
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Los fines de semana, se mantiene el límite de las 3:00 a.m.
Excepciones a la normativa
El proyecto contempla algunas excepciones. Quedarían fuera de la restricción horaria aquellos establecimientos que estén dentro de hoteles o complejos de hospedaje de larga duración, los cuales podrán operar con mayor flexibilidad en sus horarios de expendio.
Régimen de sanciones
Para garantizar el cumplimiento de estas nuevas disposiciones, el proyecto propone un conjunto de sanciones progresivas. Entre ellas se incluyen:
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Multas de hasta 50 salarios mínimos.
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Suspensión temporal del permiso especial para la venta de alcohol.
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Cancelación definitiva de dicho permiso en caso de reincidencia.
Estas sanciones serían ejecutadas por el propio Ministerio de Interior y Policía, entidad que también estaría a cargo de supervisar el cumplimiento de la ley en todo el país.
Periodo de adaptación y derogación de normativas anteriores
En caso de que esta iniciativa sea aprobada y promulgada como ley, se otorgará un plazo de 180 días a los establecimientos para adecuarse a las nuevas exigencias. Este tiempo comenzaría a contarse a partir de la publicación del reglamento correspondiente.
Finalmente, el proyecto establece que todas las leyes o reglamentos anteriores que contradigan esta nueva normativa quedarán derogadas, consolidando un nuevo marco legal para la venta de bebidas alcohólicas en la República Dominicana.
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