
La Asamblea Nacional Revisora aprobó este lunes una nueva reforma constitucional, marcando la cuadragésima modificación a la Carta Magna dominicana. La reforma, aprobada en segunda discusión, incorpora cambios a 10 artículos, añade una disposición general como nuevo artículo y revisa los párrafos transitorios de la Constitución vigente (2015).
El presidente de la Asamblea, Ricardo de los Santos, anunció que los asambleístas firmarán el nuevo texto a partir del miércoles en la biblioteca Juan Pablo Duarte del Senado, y la fecha de proclamación se comunicará próximamente.
Cambios Clave:
- Reducción de Diputados: El artículo 81 reduce el número de diputados elegidos por circunscripción territorial a 158, manteniendo los 5 diputados de representación nacional y los 7 de la diáspora.
- Oficina del Abogado General: Se crea la Oficina del Abogado General de la Administración Pública (modificando los artículos 166 y 167), reemplazando al Procurador General Administrativo.
- Ministerio Público y Procurador General: Se redefine el rol del Ministerio Público en la política de persecución penal y se modifica el método de elección del Procurador General de la República. El presidente propondrá un candidato al Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) dentro de los primeros 100 días de su mandato. El Procurador y sus adjuntos tendrán un periodo de inamovilidad de dos años, con posibilidad de confirmación por el CNM. Se establecen requisitos estrictos para el cargo, incluyendo la prohibición de haber ocupado puestos directivos en partidos políticos o haber sido candidato.
- Consejo Nacional de la Magistratura (CNM): Se incorpora al presidente del Tribunal Constitucional como miembro del CNM.
- Unificación de Elecciones: Se unifican las elecciones municipales, congresuales y presidenciales para el 2032 y sucesivas, celebrándose el tercer domingo de mayo cada cuatro años.
- Candado a la Reelección Presidencial: Se refuerza el artículo 124, estableciendo que ninguna modificación constitucional puede afectar la forma de gobierno (artículo 4) o las reglas de elección presidencial.
- Sucesión en Vacantes: Se añade un párrafo al artículo 274 para asegurar que la ley establezca mecanismos para llenar vacantes en caso de sucesión.
- Nuevo Artículo 278: Se crea un artículo para impedir que funcionarios electos se beneficien de reformas constitucionales que afecten sus reglas de postulación, elección o permanencia en el cargo.
Debilidad de la Oposición: La reforma se aprobó con el apoyo mayoritario del Partido Revolucionario Moderno (PRM), evidenciando la debilidad de la oposición (PLD, FP, PRD), cuyo rechazo no superó los 45 votos frente a los 174 del oficialismo y sus aliados.
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